Modelos trimestrales de IVA obligatorios para autónomos

Si eres autónomo debes saber que tienes la obligación de declarar el IVA de las facturas emitidas. Sabemos que es un proceso que puede resultar confuso. Por eso, queremos explicarte en un breve resumen las características de cada uno de ellos:

Modelo 303:
¿Quién está obligado? Cualquier profesional que haga facturas con IVA.

No estás oblígate si eres autónomo y cotizas con el Régimen Simplificado de IVA o el Recargo de Equivalencia. Y tampoco lo estarán aquellos profesionales dedicados a actividades exentas de IVA.

Al final de cada año, debes presentar el modelo 390, que no es más que, una recopilación anual de estos modelos presentes.

Modelo 309:

Es el modelo especial para los autónomos acogidos al régimen de Recargo de Equivalencia.
También tendrán que presentarlo los autónomos que realicen adquisiciones intracomunitarias, aquellos que hagan operaciones en las cuales se produzca la inversión del sujeto pasivo o cuando existan transmisiones de inmuebles con renuncia en la exención, entre otros supuestos.

Modelos 322 y 353:

¿Quién lo tiene que presentar?
Es posible que hayas tenido que presentar otros modelos. Sin embargo, si estás dentro de un grupo de entidades tendrás que presentar también el modelo 322. En el supuesto de que seas la entidad principal del grupo, también presentarás el modelo 352.

Modelo 349:

Estás obligado si haces operaciones intracomunitarias, si realizas compraventa de productos o servicios procedentes de otro país de la Unión Europea. Hay algunos requisitos:

• Si se superan los 50.000 € en operaciones intracomunitarias durante el primer mes de cada trimestre, se tendrá que presentar este modelo de manera mensual.
• Si se superan los 100.000 € en el segundo mes del trimestre, tendrás que presentar el modelo cada dos meses.
• Si no se superan ninguno de las cifras anteriores en los periodos indicados, se presentará el modelo de manera trimestral, salvo que tus ingresos con este tipo de operaciones no superen los 35.000 €. En esta excepción podrás presentar el modelo 349 de manera anual.

Modelo 368
Se presenta trimestralmente y tienen la obligación de hacerlo cualquier autónomo (o pymes) que exporte productos o servicios digitales en otro país de Europa.

Sabemos que hacerlo puede comportar dolores de cabeza, por eso, siempre recomendamos delegar esta tarea a una gestoría profesional. En Tot Gestió tenemos un amplio conocimiento en todas las disciplinas legales relacionadas con las actividades empresariales. Contacta sin compromiso.